Cumplimiento de la normativa de telecomunicaciones para servicios de emergencia

alerta de emergencia

Principios clave

Los operadores de telecomunicaciones están obligados a cumplir una normativa compleja y cambiante para permitir unas comunicaciones de emergencia mejoradas, lo que subraya aún más la importancia de mejorar las capacidades de localización para seguir cumpliendo la normativa, al tiempo que se garantiza el respeto de la privacidad de los datos.

Universalidad

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En muchos países, la Obligación de Servicio Universal (OSU) obliga a los operadores de telecomunicaciones a contribuir a un fondo que apoya la prestación de acceso universal a los servicios de telecomunicaciones y a proporcionar acceso universal a los servicios de emergencia, independientemente del tipo de servicio o tecnología que presten.

Accesibilidad

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A través de sus redes, los operadores de telecomunicaciones deben proporcionar acceso a los servicios de emergencia, como policía, bomberos y ambulancias, ygarantizar que los números de emergencia sean accesibles a todos los usuarios, incluidas las personas con discapacidad y las personas sordas o con dificultades auditivas.

Calidad de servicio (QoS)

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Los operadores móviles deben cumplir determinadas normas de calidad del servicio para garantizar que se pueda acceder a los servicios de emergencia sin interrupciones ni retrasos, y se les puede exigir que cumplan con los proveedores de servicios de emergencia y colaboren estrechamente con ellos para garantizar que las comunicaciones de emergencia sean eficaces y eficientes.

Resistencia y capacidad

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Los operadores de telecomunicaciones deben garantizar que sus redes sean resistentes y puedan seguir proporcionando acceso a los servicios de emergencia durante cortes de la red, catástrofes naturales u otras interrupciones, y en muchos países también se les exige que mantengan la capacidad de la red en tiempos de emergencia y dispongan de sistemas de energía de reserva para garantizar que se pueda seguir accediendo a los servicios de emergencia.

Protección de datos

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Los operadores de telecomunicaciones deben garantizar que los datos personales se tratan de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables. Esto incluye normativas como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea y la Ley de Protección de la Información Personal y los Documentos Electrónicos (LPRPDE) de Canadá.

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privacidad de los datos

Alertas públicas y llamadas de emergencia

En Intersec ayudamos a los operadores de telefonía móvil a familiarizarse con la normativa aplicable en su zona, ya que ésta puede variar según el país o la región.

Alertas de emergencia

Alertas de emergencia

Alertas a dispositivos móviles: Los operadores de telefonía móvil están obligados a apoyar los sistemas de alerta pública (PWS) que permiten a los gobiernos enviar mensajes urgentes a la población en situaciones de emergencia, como catástrofes naturales o atentados terroristas. Deben proporcionar comunicaciones de emergencia fiables y eficaces durante las emergencias .

Alertas geolocalizadas: Las alertas deben ser geolocalizadas, es decir, enviarse sólo a las personas que se encuentren en la zona afectada, incluidos visitantes y turistas.

Fiabilidad: También deben establecer procedimientos para el mantenimiento de los sistemas de alerta pública mediante la realización de pruebas periódicas para identificar y resolver cualquier problema técnico que pueda impedir la entrega de los mensajes.

Accesibilidad: Los mensajes de alerta pública deben ser claros, comprensibles y contener información sobre la naturaleza de la emergencia o catástrofe, la ubicación de la zona afectada y las instrucciones o consejos necesarios. Los mensajes también deben estar disponibles en formatos accesibles para las personas con discapacidad.

Alertas inalámbricas de emergencia: Los operadores de telecomunicaciones deben apoyar las alertas inalámbricas de emergencia y garantizar que se envían a los dispositivos móviles de manera oportuna y eficaz.

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LLAMADAS DE EMERGENCIA

Llamadas de emergencia

Enrutamiento y localización: Los operadores de telecomunicaciones deben garantizar que las llamadas de emergencia se dirijan al punto de respuesta de seguridad pública (PSAP) adecuado. Además, la ubicación de la persona que llama debe facilitarse al centro de servicios de emergencia cuando se efectúa una llamada de emergencia, lo que puede hacerse a través de servicios basados en la localización o facilitando la persona que llama su información de localización.

Identificación de la persona que llama: Los operadores de telecomunicaciones deben proporcionar información precisa sobre la identificación de la persona que llama en las llamadas de emergencia. Esto incluye el número de teléfono de la persona que llama y cualquier otra información relevante que pueda ayudar a los servicios de emergencia a responder rápidamente.

Calidad del servicio: Los operadores de telecomunicaciones también deben garantizar que las llamadas de emergencia tengan prioridad sobre otros tipos de llamadas, y que la calidad de la llamada sea lo suficientemente alta como para permitir una comunicación eficaz entre la persona que llama y el centro de servicios de emergencia.

Informes: Los operadores de telecomunicaciones deben informar a las autoridades reguladoras sobre el cumplimiento de los requisitos de los servicios de emergencia, incluido el número y tipo de llamadas de emergencia recibidas, la precisión de la localización de las llamadas de emergencia y cualquier interrupción de la red que afecte a la disponibilidad de los servicios de emergencia.

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